Ousmane Dembélé se expone a una prácticamente segura sanción de dos partidos de suspensión por parte del Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol, después de que en su acta arbitral Mateu Lahoz argumentara la expulsión del extremo del FC Barcelona durante el partido ante el Sevilla FC en que le había dicho que era “muy malo”. Los precedentes con esa frase textual dirigida por un futbolista a un árbitro –Gabriel Pires, Fabián Orellana, Álvaro González– conducen a un castigo de dos partidos en aplicación del Artículo 117 del Código Disciplinario de la RFEF, ya que se considera menosprecio a un árbitro. Hay un caso llamativo que estimó que dirigirse a un colegiado llamándole “hijo puta” también era “constitutiva de menosprecio” y no un insulto. Fue en marzo de 2012. Tras un Villarreal-Real Madrid, el colegiado andaluz Paradas Romero escribió en su acta arbitral que el defensa madridista Pepe le gritó en la cara “¡Vaya atraco, hijo de puta!”.
El Comité de Competición decidió aplicarle a Pepe el Artículo 117 del Código Disciplinario, que será con toda probabilidad el que le impongan a Dembélé por “dirigirse a los árbitros, directivos o autoridades deportivas en términos o con actitudes de menosprecio o de desconsideración siempre que la acción no constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos o por tiempo de hasta un mes”.
Pepe tuvo más suerte. De haber considerado “insulto” la expresión “hijo puta”, el Artículo 94 preveía una sanción que iba entre los cuatro y los doce partidos.